Background Image

NEWSLETTER

Año XI Newsletter 03 - 2022


Post Image

03 MAYO

Reparto de Utilidades

¿Qué es el Reparto de Utilidades o PTU?

PTU es la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la empresa y se trata de una prestación con la que todos los patrones están obligados a cumplirle a sus colaboradores. En caso de que la empresa no haya obtenido utilidades durante el ejercicio fiscal anterior, no hay reparto.

Empresas NO obligadas a pago de PTU Art. 126 de la LFT

Empresas de nueva creación, durante el primer año de operaciones.

Compañías dedicadas a crear un producto nuevo, durante los dos primeros años.

Las empresas de la industria extractiva, de nueva creación, durante el periodo de exploración.

Instituciones de asistencia privada que con bienes de propiedad particular ejecutan actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios.

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.

Empresas que tengan un capital menor al que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria.

Post Image

¿Qué pasa si el trabajador no exige su PTU?

En esos casos, el importe de la utilidad no reclamada durante el año en el que sea exigible, formará parte de la cantidad a repartir en el siguiente ejercicio fiscal. Es decir que lo no exigido se suma a la cantidad a repartir en el próximo año.

¿Quiénes pueden recibir reparto de utilidades?

Todos aquellos que se encuentran al servicio de un patrón son quienes tienen derecho a recibir el pago de su PTU. Entre estos se encuentran:

  • Madres y padres trabajadores que estén en períodos de incapacidad temporal.
  • Trabajadores eventuales, siempre y cuando su período laboral haya sido de por lo menos 60 días durante el año.
  • Ex empleados que hayan trabajado durante el año fiscal anterior en un plazo mínimo de 60 días.

Los que no tienen derecho:

De acuerdo al artículo 127 de la LFT, los siguientes empleados son quienes no tienen derecho a recibir el pago de PTU:

  • Directores Generales, administradores generales y gerentes generales.
  • Socios y accionistas.
  • Trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días.
  • Profesionistas que hayan sido contratados bajo un esquema de pago por honorarios, ya que no hay una relación de trabajo de subordinado.
  • Trabajadores domésticos.
Post Image

¿Cuál es el monto qué se debe pagar correspondiente a la PTU?

La cantidad a pagar por la PTU se divide en 2 partes. La primera es la misma para todos los colaboradores. En este caso solo se toma en cuenta el número de días trabajados sin tomar en cuenta el salario.

El segundo monto se reparte en proporción a los salarios devengados durante el año (topado). Para hacer el cálculo de salario no se tomarán en cuenta los bonos, gratificaciones y cualquier otro tipo de ingreso extraordinario.

Puntos importantes a considerar antes de hacer el reparto de utilidades

  • Aquellos en puestos de directores, gerentes y administradores únicos no serán considerados para el reparto de utilidades.
  • Los trabajadores de confianza si son candidatos a recibir PTU siempre y cuando su salario no exceda de un 20% del salario más alto de un empleado sindicalizado.
  • Los empleados que se dediquen al cuidado de bienes que generen rentas o al cobro de créditos sí son candidatos para recibir PTU, pero siempre y cuando esta cantidad no exceda el mes de salario.
  • Se considerará a las madres que se encuentren en períodos pre y post natales, al igual que a los trabajadores que fueron víctimas de un accidente de riesgo de trabajo como empleados en servicio activo.
  • No se compensarán los años de pérdida de utilidades con los de ganancia.
  • El pago de la PTU no debe considerarse como parte del salario.

La clave SAT para timbrar el importe pagado de la PTU es la P003.

De acuerdo al art. 27 de La Ley del Seguro Social, el pago de la PTU no forma parte de los conceptos que integran el salario base de cotización.

De acuerdo al art. 91 Fracción XIV de la Ley de ISR. La PTU tiene una exención de 15 UMAS. La exención para 2022 es de $96.22*15= $1,443.30.

El impuesto de la PTU se puede calcular con cualquiera de las siguientes opciones:

  • De acuerdo al RLISR artículo 174.
  • Sumando el ingreso gravable de PTU a las percepciones mensuales del empleado para aplicar tarifa mensual.

Derivado de la Reforma Laboral 2021, que prohíbe a las empresas utilizar la subcontratación para la realización de actividades que forma parte de su objeto social o actividad económica preponderante (con excepción de servicios especializados registrados), también se modificó el artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo, estableciendo, por primera vez, un límite máximo de participación de utilidades a repartir a los colaboradores.

Se adicionó la Fracción VIII al art. 127 de la LFT en el cual se estableció como límite para el reparto de las utilidades tres meses del salario (al 31 de diciembre 2021) del colaborador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años, lo que resulte más favorable para el personal.

Algunos fiscalistas consideran que el tope de los 3 meses de salario se refiere al salario topado para reparto y no al salario diario del empleado. Ante la falta de claridad en este rubro,
Open HR puede soportar ambos cálculos.

Todas las empresas que realizaron transferencias de personal para cumplir con la reforma deben tener “cuidado”, porque si los trabajadores fueron migrados a una compañía del mismo grupo, tienen que repartir dos PTU: el de la empresa que prestaba los servicios de subcontratación laboral y el de la empresa que recibió a los empleados tras la reforma.


Regresar a página principal